Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Código Financiero

Artículo 16

Ordenamiento: Código Financiero · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-10-01

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 16.- Son autoridades fiscales, la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado, los

ayuntamientos, las y los presidentes, síndicos y tesoreros municipales, así como las personas

servidoras públicas de las dependencias o unidades administrativas y de los organismos

públicos descentralizados, que en términos de las disposiciones legales y reglamentarias

aplicables tengan atribuciones de esa naturaleza.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 15Índice de la leyArt. 17 →
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis