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Modo: Corpus Pro

Código Financiero

Artículo 266 Sexies

Ordenamiento: Código Financiero · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-10-01

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 266 Sexies. - Con excepción de los financiamientos que se contraten mediante el

mercado bursátil, cuando la autorización del financ iamiento a que hace referencia el artículo

262 Bis de este Código, exceda de cien millones de Unidades de Inversión, dicho proceso de

contratación se realizará mediante licitación pública, en los términos siguientes:

I. El proceso competitivo descrito en el artículo 266 Ter de este Código, deberá re alizarse

públicamente y de manera simultánea. Para ello, las propuestas presentad as deberán

entregarse en una fecha, hora y lugar previamente especificados y serán dadas a conocer en

el momento en que se presenten, pudiendo emplear mecanismos electrónicos que aseguren

el cumplimiento de lo anterior. El ente público no estará obligado a presentar las negativas

de participación presentadas por las instituciones financieras o prestador de servicios.

En caso de no obte ner el mínimo de ofertas irrevocables, la licitación pública será declarada

desierta por única ocasión, por lo que el ente público deberá realizar una nueva licitación

pública y, en caso de no obtener dos ofertas irrevocables en los términos de la fracción I del

artículo 266 Ter de este Código, la oferta ganadora será aquella que se hubiera presentado

en el día y la hora indic ada en la convocatoria, misma que deberá cumplir con los términos

establecidos en la propia convocatoria. La convocatoria podrá indic ar supuestos adicionales

bajo los cuales podrá declararse desierta una licitación pública.

II. La institución financiera parti cipante que resulte ganadora del proceso competitivo se dará

a conocer en un plazo no mayor a 2 días hábiles posteriores al tiempo e stablecido de

conformidad con la fracción anterior, a trav és de medios públicos, incluyendo la página

oficial de internet de los propios entes públicos, publicando el documento en que conste la

comparación de las propuestas presentadas.

Fuente oficial: consultar publicación

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