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Modo: Corpus Pro

Código Financiero

Artículo 289 Ter

Ordenamiento: Código Financiero · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-10-01

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 289 Ter. - El Presupuesto de Egresos, contemplará las as ignaciones destinadas a los

programas y pr oyectos de inversión, que deriven del presupuesto participativo, las cuales,

serán ejercidas en términos de los ordenamientos legales aplicables y los aspectos operativos,

serán regulados por los Criterios que al efecto emita la Secretaría.

CAPITULO SEGUNDO

DE LA INTEGRACION Y PRESENTACION

DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS

Fuente oficial: consultar publicación

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