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Modo: Corpus Pro

Código Financiero

Artículo 292 Quintus

Ordenamiento: Código Financiero · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-10-01

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 292 Quintus.- En materia de servicios personales, se observará lo siguiente:

I. La asignación global de recursos para servic ios personales que se apruebe en el Presupuesto

de Egresos, tendrá como límite, e l producto que resulte de aplicar al monto aprobado en el

Presupuesto de Egresos del ejercicio inmediato anterior, una tasa de crecim iento equivalente al

valor que resulte menor entre:

a) El 3 por ciento de crecimiento real.

b) El crecimiento real del Producto Interno Bruto señalado en los Criterios Generales de

Política Económica para el ejercicio que se está presupuestando. En caso de que el Producto

Interno Bruto presente una va riación real negativa para el ejercicio que se está

presupuestando, se deberá considerar un crecimiento real igual a cero.

Se exceptúa del cumplimiento de la presente fracción, el monto erogado por sentencias

laborales definitivas emitidas por la autoridad competente.

Los gastos en servicios personales que sean estrictamente indispen sables para la

implementación de nuevas leyes federales y estatales o reformas a las mismas, podrán

autorizarse sin sujetarse al lími te establecido en la presente fracción, ha sta por el monto que

específicamente se requiera para dar cumplimiento a la ley respectiva.

II. En el proyecto de Presupuesto de Egresos se deberá presentar en una sección específica,

las erogaciones correspondientes al gasto en servicios personales, el cual comprende:

a) Las remuneraciones de las personas servidoras públicas, desglosando las percepciones

ordinarias y extraordinarias, e incluyendo las erogaciones por concepto de obligaciones de

carácter fiscal y de seguridad social inherentes a dichas remuneraciones.

b) Las previsiones salariales y económicas para cubrir los incrementos salari ales, la creación

de plazas y otras medidas económicas de índole laboral.

Fuente oficial: consultar publicación

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