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Modo: Corpus Pro

Código Financiero

Artículo 311

Ordenamiento: Código Financiero · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-10-01

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 311.- En el caso de las entidades públicas, la Secretaría se reservará la liberación de

las transferencias para gasto corriente y de inversión, cuando:

I. No envíen en tiempo y forma a la Secretaría la información del avance de sus programas y el

ejercicio en sus presupuestos y no cumplan con las metas comprometidas en sus proyectos;

II. En el manejo de sus disponibilidades financieras no cumplan los lineami entos que emita la

Secretaría;

III. Hayan celebrado convenios de asunción de pasivos y no se cumpla con las obligaciones

pactadas, con los programas de saneamiento financiero respectivos o con los compromisos de

déficit o superávit acordados;

IV. Cuando ejecuten obra pública con recursos propios, sin excepción alguna.

En este caso, deberán solicit ar la autorización de la Secretaría y cumplir con los requisitos que

establecen las Reglas de Operación correspondientes y demás disposiciones aplicables.

V. Su estado de pos ición financiera demuestre que se cuenta con las disponibilidades

financieras suf icientes para hacer frente al pago de los pasivos contraídos y al pago de los

gastos de operación del mes que corresponda.

VI. En general, no ejerzan sus presupuestos con base a las disposiciones aplicables.

VII. No cumplan en tiempo y forma con lo dispuesto en el artículo 327-C de este Código.

El pago de las transferencias a que se refiere este artículo, se realizará de conformidad con la

calendarización definida y comunicada a las Entidades Públicas por la Secretaría.

Para el caso de los Organismos Au tónomos y Poderes Legislativo y Judicial, la Secretaría

liberará las transferencias correspondientes a gasto corriente y de inversión , para lo cual es

necesario contar con el reporte correspondiente al avance de sus programas y al ejercicio de su

Presupuesto de Egresos, debiendo cumplir con las metas establecidas al efecto de conformidad

con las disposiciones aplicables.

Fuente oficial: consultar publicación

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