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Modo: Corpus Pro

Código Financiero

Artículo 324

Ordenamiento: Código Financiero · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-10-01

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 324.- Los convenios de coordinación que involucren recursos del gasto de inve rsión

pública que celebre la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado por conducto de la

Secretaría con los Ayuntamientos, deberán sujetarse por lo menos a las bases siguientes:

I. Definirán con precisión las materias y actividades que constituyan el objeto del convenio;

II. Las acciones materia del Convenio, deberán ser congruentes con el Plan de Desarrollo del

Estado de México , así como con los planes de desarrollo mu nicipales y los diversos programas

que se deriven de dichos instrumentos;

III. La participación porcentual que aporte cada una de las partes para el cumplimiento de su

objeto;

IV. La medición de que el ejercicio de estos recursos, se sujetará a las disposiciones legales y de

la normatividad aplicable.

Publicada en el

DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

299

V. El compromiso de los Ayuntamientos cuando menos de:

a). Presentar un catálogo de programas y acciones que le permitan mejorar su situación

financiera, el cual deberá ser evaluado y calificado por el In stituto Hacendari o. La

calificación determinará el acceso a los recursos aludidos en este artículo.

b). Eficientar su recaudación en ingresos propios en relación a las metas que al efecto

recomiende el Instituto Hacendario.

c). Impulsar la ejecución de obras y acciones de beneficio social, a través del sistema de

aportaciones de mejoras.

d). Presentar un programa para sanear sus finanzas respecto de los compromisos contraídos

con organismos públicos estatales y federales, en relación a los rubros de ag ua, energía

eléctrica y aportaciones de seguridad social, de acuerdo a las condic iones económicas de

cada uno de los municipios.

VI. Contendrán las demás estipulaciones que las partes consideren necesarias para el correcto

cumplimiento y evaluación del convenio.

Fuente oficial: consultar publicación

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