Artículo 327-E
Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 327-E.- Derogado.
TITULO DECIMO
DE LOS SERVICIOS DE TESORERIA
CAPITULO PRIMERO
DE LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS
Fuente oficial: consultar publicación
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