Artículo 352 Bis
Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Como parte de la cuenta púb lica, se informará a la Legislatura de las
acciones y resultados de la ejecución del Plan de Desarrollo del Estado o del municipio que
corresponda y del avance de los programas, en términos de lo e stablecido en la Ley de
Planeación del Estado de México y Municipios.
Adicionalmente, se enviará trimestralmente a la Legi slatura y al Órgano Superior de
Fiscalización del Estado de México el informe de las acciones y resultados de la ejecución del
Plan de Desarrollo del Estado o del municipio qu e corresponda y d el avance de los programas
en los meses de abril, julio y octubr e y el trimestre correspondiente al cierre del ejercicio, se
hará con la cuenta pública.
Se adicionará a dichos informes un apartado especial sobre las reasignaciones realiza das, a
Publicada en el
DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS
311
nivel de proyecto, así como otro apartado para informar de las asignaciones de los recursos en
términos de lo dispuesto por el artículo 317 Bis A de este Código.
La persona titular del Poder Ejecutivo, por conducto de la persona titular de la Secretaría,
comparecerá en las reuniones trimestrales de análisis y evaluación de los informes
presentados, que celebren el Órgano Superior de Fiscalización de la Legislatura y las
Comisiones Legislativas respectivas.
Artículo 353. -
Fuente oficial: consultar publicación
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