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Modo: Corpus Pro

Código Financiero

Artículo 359

Ordenamiento: Código Financiero · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-10-01

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 359.- Cuando por un acto o una omisión se infrinjan diversas disposiciones a las que

correspondan varias sanciones, sólo se aplicará la que corresponda a la infracción cuya sanción

sea mayor.

Fuente oficial: consultar publicación

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