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Código Financiero

Artículo 98

Ordenamiento: Código Financiero · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-10-01

Vigencia verificada: 25 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 98. - Por inscripciones de actos o contratos mercantiles, se paga rán los siguientes

derechos:

TARIFA

CONCEPTO

I. Corresponsalía. $1,658

II. Compra-venta con reserva de dominio.

III. Créditos refaccionarios, de habilitación o avío y en cuenta corriente o crédito

simple.

IV. Embargos.

V. Cancelaciones de los act os o contratos señalados en las fracciones I, II, III, IV y

VII.

$2,345

VI. Registros o matriculas que acrediten la calidad de personas físicas

comerciantes.

$1,179

VII. Arrendamiento financiero.

VIII. Otros actos inscribibles o anotables.

Por las inscripciones a que se refieren las fracciones II, III, IV, VII y VIII de este artículo, se

pagarán los derechos correspondientes, conforme a la siguiente:

TARIFA

CONCEPTO

1. Cuando los actos a inscribir no tengan valor determinado o éste sea hasta de

$275,121.

$2,985

2. Cuando el valor de los actos a inscribir sea de más de 275,121 y hasta de

$343,902.

$8,959

3. Cuando el valor de los actos a inscribir sea de más de $343,902. y hasta de

$412,682.

$14,935

4. Cuando el valor de los actos a inscribir sea de más de $412,682 y hasta de

$481,463.

$20,907

5. Cuando el valor de los actos a inscribir sea de más de $481,463 y hasta de

$550,246.

$26,942

6. Cuando el valor de los actos a i nscribir sea de más de $550,246 y hasta de

$3,185,968.

$29,928

7. Cuando e l valor de los actos a inscribir sea de más de $3,185,968 y hasta

$6,371,936.

$35,914

8. Cuando el valor de los actos a inscribir sea de más de $6,371,936 en adelante.

$44,893

Por la inscripción de créditos ref accionarios y de habilitación o a vío en que intervengan los

Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura, o Financiera Nacional de Desarrollo

Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero o financiadas por e l Fideicomiso Fondo Nacional de

Habitaciones Populares o los extintos Fideic omiso de Liquidación del Patrimonio Inmobiliario y

Programa Fraccionamiento Popular Ecatepec, así como tratándose de actos realizados por el

Instituto Nacional del Suelo Sustentable, se pagarán por concepto de derechos. $1,629.

Por la cancelación de la in scripción de los registros o matrículas a que se refiere la fracción VI del

presente artículo, se pagarán $1,180.

Publicada en el

DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS

148

Los valores respecto de los actos a inscribir establecidos en el segundo párrafo del presente

artículo se ac tualizarán anualmente conforme al factor establecido en el artículo 70 de este

Código.

Fuente oficial: consultar publicación

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