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Código Financiero

Artículo 99

Ordenamiento: Código Financiero · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-10-01

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 99.- Por las inscripciones o anotaciones de resoluciones judiciales que contengan actos

mercantiles, se pagarán derechos:

TARIFA

CONCEPTO

I. Providencias precautorias. $2,985

II. Suspensión de pagos. $2,991

III. Quiebras. $2,991

IV. Otras resoluciones. $2,991

Fuente oficial: consultar publicación

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