Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Código Fiscal para el Estado de Morelos

Artículo 12

Ordenamiento: Código Fiscal para el Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-28

Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo *12. La aplicación de las disposiciones fiscales estará a cargo del Poder

Ejecutivo Estatal, quien ejercerá esta facultad por conducto de la Secretaría y de las

demás autoridades fiscales, en los términos que fije el presente Código.

En la esfera municipal, cuando este Código aluda al Gobierno del Estado de Morelos

y a las atribuciones del Poder Ejecutivo del Estado, empleando las denominaciones

del Gobernador, la Secretaría, el Fisco, las autoridades fiscales, las oficinas

recaudadoras y otras similares, se entenderán referidas esas menciones al

Gobierno Municipal y a las atribuciones conferidas al Presidente Municipal, al

Tesorero y demás funcionarios que tengan atribuciones en materia de recaudación

y fiscalización, en términos de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos, sin

demérito de los casos en que la ley exija, además, el acuerdo previo del

Ayuntamiento.

Para cumplimiento de lo dispuesto por el Capítulo II de la Ley de Coordinación

Fiscal, los municipios de la Entidad se deberán abstener de realizar cobros por

concepto de derechos que no se encuentren expresamente permitidos por el

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 11Índice de la leyArt. 10 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis