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Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 87

Ordenamiento: Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. · Ámbito: Veracruz
Última reforma: 2026-10-19

Vigencia verificada: 15 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 87.-Tratándose de la omisión parcial de contribuciones por error aritmético en las

declaraciones, se impondrá una multa del diez al veinte por ciento de las contribuciones omitidas.

En caso de que dichas contribuciones se paguen junto con sus accesorios, dentro de los cinco días

hábiles siguientes a la fecha en que surta sus efectos la notificación de la diferencia respectiva, la

multa se reducirá a la mitad, sin que para ello se requiera resolución administrativa.

Fuente oficial: consultar publicación

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