Código Militar de Procedimientos Penales
Artículo 261
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 261. Valoración de los datos y prueba
El Órgano jurisdiccional militar asignará libremente el valor correspondiente a cada uno de los datos y pruebas, de manera libre y lógica, debiendo justificar adecuadamente el valor otorgado a las pruebas y explicará y justificará su valoración con base en la apreciación conjunta, integral y armónica de todos los elementos probatorios.
TÍTULO V
ACTOS DE INVESTIGACIÓN
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES SOBRE ACTOS DE MOLESTIA
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONFESION DEL ACUSADO. (s/clave)
- CONFESION ANTE AUTORIDADES MILITARES, VALOR DE LA. (s/clave)
- MINISTERIO PUBLICO FEDERAL, VALOR DE LAS PRUEBAS RENDIDAS ANTE EL. (s/clave)
- FUERO DE GUERRA, CONCLUSIONES DE LA DEFENSA. (s/clave)
- HOMICIDIO, COMPROBACIÓN DEL CUERPO DEL DELITO DE, EN EL FUERO MILITAR.- (1441)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis