Código Militar de Procedimientos Penales
Artículo 284
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 284. Formalidades del cateo
Será entregada una copia de los puntos resolutivos de la orden de cateo a quien habite o esté en posesión del lugar donde se efectúe, o cuando esté ausente, a su encargado y, a falta de éste, a cualquier persona mayor de edad que se halle en el lugar.
Cuando no se encuentre persona alguna, se fijará la copia de los puntos resolutivos que autorizan el cateo a la entrada del inmueble, debiendo hacerse constar en el acta y se hará uso de la fuerza pública para ingresar.
Al concluir el cateo se levantará acta circunstanciada en presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del lugar cateado, o en su ausencia o negativa, por la autoridad que practique el cateo, pero la designación no podrá recaer sobre los elementos que pertenezcan a la autoridad que lo practicó, salvo que no hayan participado en el mismo. Cuando no se cumplan estos requisitos, los elementos encontrados en el cateo carecerán de todo valor probatorio, sin que sirva de excusa el consentimiento de los ocupantes del lugar.
Al terminar el cateo se cuidará que los lugares queden cerrados, y de no ser posible inmediatamente, se asegurará que otras personas no ingresen en el lugar hasta lograr el cierre.
Si para la práctica del cateo es necesaria la presencia de alguna persona diferente a las personas servidoras públicas propuestas para ello, el Ministerio Público deberá incluir los datos de aquellas, así como la motivación correspondiente en la solicitud del acto de investigación.
Párrafo reformado DOF 16-07-2025
En caso de autorizarse la presencia de particulares en el cateo, éstos deberán omitir cualquier intervención material en la misma y sólo podrán tener comunicación con el servidor público que dirija la práctica del cateo.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CATEO. LA OMISIÓN DE LA AUTORIDAD QUE LO PRACTICA DE ASENTAR EN EL ACTA RESPECTIVA SI A LOS OCUPANTES DEL LUGAR CATEADO SE LES MOSTRARON LOS OBJETOS ASEGURADOS PARA QUE LOS RECONOC (VII.1o.(IV Región) 9 P)
- CATEOS, PROCEDIMIENTO LEGAL EN LOS. (s/clave)
- CATEO. ANTE LA AUSENCIA DEL OCUPANTE DEL LUGAR OBJETO DE LA ORDEN, CORRESPONDE A LA AUTORIDAD DESIGNAR A LOS TESTIGOS, SIN QUE AQUÉL PUEDA HACERLO DESPUÉS DE INICIADA LA DILIGENCIA (360)
- ORDEN DE CATEO. SU AUTORIZACIÓN ES ILEGAL CUANDO SE SUSTENTA EN LA SIMPLE TRANSCRIPCIÓN DE LAS RAZONES EXPUESTAS EN LA SOLICITUD RELATIVA, SIN QUE EL JUEZ DE CONTROL EMITA UN JUICI (XXXI.2 P (11a.))
- CATEO. ANTE LA AUSENCIA DEL OCUPANTE DEL LUGAR OBJETO DE LA ORDEN, CORRESPONDE A LA AUTORIDAD DESIGNAR A LOS TESTIGOS, SIN QUE AQUÉL PUEDA HACERLO DESPUÉS DE INICIADA LA DILIGENCIA (1a./J. 9/2010)
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