Código Nacional de Procedimientos Penales
Artículo 187
Vigencia verificada: 4 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 187. Control sobre los acuerdos reparatorios
Procederán los acuerdos reparatorios únicamente en los casos siguientes:
I. Delitos que se persiguen por querella, por requisito equivalente de parte ofendida o que admiten el perdón de la víctima o el ofendido;
Fracción reformada DOF 29-12-2014
II. Delitos culposos, o
III. Delitos patrimoniales cometidos sin violencia sobre las personas.
No procederán los acuerdos reparatorios en los casos en que el imputado haya celebrado anteriormente otros acuerdos por hechos que correspondan a los mismos delitos dolosos, tampoco procederán cuando se trate de delitos de violencia familiar o sus equivalentes en las Entidades federativas. [Tampoco serán procedentes los acuerdos reparatorios para las hipótesis previstas en las fracciones I, II y III del párrafo séptimo del artículo 167 del presente Código.]
Párrafo reformado DOF 29-12-2014, 17-06-2016, 08-11-2019
Párrafo declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 25-11-2022 y publicada DOF 20-08-2025 (En la porción normativa “Tampoco serán procedentes los acuerdos reparatorios para las hipótesis previstas en las fracciones I, II y III del párrafo séptimo del artículo 167 del presente Código”)
Tampoco serán procedentes en caso de que el imputado haya incumplido previamente un acuerdo reparatorio, salvo que haya sido absuelto.
Párrafo adicionado DOF 29-12-2014. Reformado DOF 17-06-2016
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ACUERDOS REPARATORIOS. SI EL ACTO RECLAMADO ES EL AUTO DE VINCULACIÓN A PROCESO Y AQUÉLLOS SE APRUEBAN CON POSTERIORIDAD A LA EMISIÓN DE ÉSTE, ESA CIRCUNSTANCIA ACTUALIZA LA CAUSAL (I.4o.P.11 P (10a.))
- ACUERDOS REPARATORIOS. SU CELEBRACIÓN Y CUMPLIMIENTO POR ALGUNO DE LOS IMPUTADOS DE UN MISMO HECHO DELICTIVO BENEFICIA AL RESTO DE LOS INVOLUCRADOS QUE NO LOS ACORDARON, PUES SE EX (XXII.P.A.1 P (11a.))
- ACUERDOS REPARATORIOS. LAS PARTES QUE LOS CELEBRAN DURANTE LA ETAPA DE INVESTIGACIÓN INICIAL ESTÁN LEGITIMADAS PARA IMPUGNARLOS MEDIANTE EL RECURSO INNOMINADO PREVISTO EN EL ARTÍCU (XI.P.1 P (11a.))
- RECLASIFICACIÓN JURÍDICA DE LOS HECHOS MATERIA DE LA IMPUTACIÓN EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO. SI LA REALIZA EL JUEZ DE CONTROL SIN HACERLO DEL CONOCIMIENTO DEL IMPUTADO, EN LA MI (III.4o.P.1 P (10a.))
- ACUERDOS REPARATORIOS. LA OMISIÓN DEL JUEZ DE CONTROL DE CUMPLIR DESDE SU PRIMERA INTERVENCIÓN CON SU OBLIGACIÓN DE EXHORTAR A LAS PARTES A CELEBRARLOS Y EXPLICAR LOS EFECTOS Y MEC (XVIII.4o.3 P (10a.))
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