Código Nacional de Procedimientos Penales
Artículo 227
Vigencia verificada: 4 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 227. Cadena de custodia
La cadena de custodia es el sistema de control y registro que se aplica al indicio, evidencia, objeto, instrumento o producto del hecho delictivo, desde su localización, descubrimiento o aportación, en el lugar de los hechos o del hallazgo, hasta que la autoridad competente ordene su conclusión.
Con el fin de corroborar los elementos materiales probatorios y la evidencia física, la cadena de custodia se aplicará teniendo en cuenta los siguientes factores: identidad, estado original, condiciones de recolección, preservación, empaque y traslado; lugares y fechas de permanencia y los cambios que en cada custodia se hayan realizado; igualmente se registrará el nombre y la identificación de todas las personas que hayan estado en contacto con esos elementos.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CADENA DE CUSTODIA. DEBE RESPETARSE PARA QUE LOS INDICIOS RECABADOS EN LA ESCENA DEL CRIMEN GENEREN CONVICCIÓN EN EL JUZGADOR. (1a. CCXCV/2013 (10a.))
- CADENA DE CUSTODIA. DIRECTRICES PARA QUE LOS INDICIOS RECABADOS EN LA ESCENA DEL CRIMEN PUEDAN GENERAR CONVICCIÓN EN EL JUZGADOR. (1a. CCXCVII/2013 (10a.))
- CADENA DE CUSTODIA. ES RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA FISCALÍA, INCLUSO RESPECTO DE DATOS O MEDIOS DE PRUEBA APORTADOS POR EL INCULPADO O SU DEFENSA, PO (XVI.2o.P.5 P (11a.))
- CADENA DE CUSTODIA. SI EL OBJETO UTILIZADO POR EL IMPUTADO PARA COMETER EL DELITO CONSTITUYE UN SISTEMA INTANGIBLE QUE NO PUEDE EMBALARSE, CUSTODIARSE O RESGUARDARSE, AL TRATARSE D (I.9o.P.210 P (10a.))
- CADENA DE CUSTODIA. LA ANULACIÓN DE INDICIOS DERIVADA DE LA POSIBLE OMISIÓN DE ASPECTOS MERAMENTE FORMALES EN LAS FASES INICIALES DEL EMBALAJE Y TRASLADO PARA SU ENTREGA A LA AUTOR (II.2o.P.41 P (10a.))
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis