Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Código Penal del Estado de Chihuahua

Artículo 155

Ordenamiento: Código Penal del Estado de Chihuahua · Ámbito: Chihuahua
Última reforma: 2026-08-29

Vigencia verificada: 27 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 155.

A quien después de lesionar a una persona, imprudencial o fortuitamente, no le preste auxilio o no solicite la

asistencia que requiere pudiendo hacerlo, se le impondrán de quince a sesenta días multa, independientemente

de la pena que proceda por el o los delitos cometidos.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 154Índice de la leyArt. 156 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis