Código Penal del Estado de Chihuahua
Artículo 261
Vigencia verificada: 4 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 261.
Comete el delito de uso ilegal de atribuciones y facultades:
I. El servidor público que ilegalmente:
a) Otorgue concesiones de prestación de servicio público o de explotación, aprovechamiento y
uso de bienes del patrimonio del Estado;
b) Otorgue permisos, licencias o autorizaciones de contenido económico o de construcción;
c) Otorgue franquicias, exenciones, deducciones o subsidios sobre impuestos, derechos,
productos, aprovechamientos o aportaciones y cuotas de seguridad social, en general sobre
los ingresos fiscales, y sobre precios y tarifas de los bienes y servicios producidos o prestados
por la administración pública del Estado; o
d) Otorgue, realice o contrate obras públicas, deuda, adquisiciones, arrendamientos,
enajenaciones de bienes o servicios, o colocaciones de fondos y valores con recursos
económicos públicos.
II. El servidor público que teniendo a su cargo fondos públicos, les dé una aplicación pública distinta
de aquella a que estuvieren destinados o hiciere un pago ilegal.
A quien cometa el delito de uso ilegal de atribuciones y facultades, se le impondrán de seis meses a dos años de
prisión y de quinientos a mil días multa.
[Artículo reformado en la fracción I, Inciso b) mediante Decreto No. 1307-2013 II P.O. publicado en el P.O.E.
No. 101 del 18 de diciembre de 2013]
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- USO INDEBIDO DE ATRIBUCIONES Y FACULTADES, DELITO DE, SE ACREDITAN LOS ELEMENTOS DEL TIPO PENAL, CUANDO EL SERVIDOR PUBLICO REALIZA PAGOS INDEBIDOS. (s/clave)
- USURPACION DE FUNCIONES, DELITO DE. (s/clave)
- USO INDEBIDO DE ATRIBUCIONES Y FACULTADES, DELITO DE. SE ACREDITAN LOS ELEMENTOS DEL TIPO PENAL, CUANDO EL SERVIDOR PÚBLICO REALIZA PAGOS INDEBIDOS.- (5861)
- USO INDEBIDO DE ATRIBUCIONES Y FACULTADES. EL SEGUNDO ELEMENTO DEL DELITO RELATIVO, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 217, FRACCIÓN I, INCISO B), DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, SE ACTUALIZA CUAND (PC.V. J/32 P (10a.))
- ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. LA FACULTAD DISCRECIONAL PREVISTA EN EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 62 DE LA LEY RELATIVA PARA QUE LA SECRETARÍA DE L (I.7o.A.24 A (10a.))
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