Código Penal del Estado de Chihuahua
Artículo Transitorio QUINTO
Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO QUINTO.- Modificación o reubicación de tipos penales.
La modificación o reubicación de cualquier tipo penal a que se refiere este decreto, no implicará la libertad de los
responsables por los delitos cometidos con anterioridad a su vigencia, siempre que los hechos se sigan
comprendiendo en los tipos modificados.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- APLICACION NUEVA LEY A DELITOS COMETIDOS BAJO REGIMEN LEY ANTERIOR. (s/clave)
- LEYES PENALES, CAMBIO DE. (s/clave)
- LEYES PENALES NUEVAS. (s/clave)
- IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY PENAL.- (1599)
- LEYES PENALES, RETROACTIVIDAD DE LAS.- (1787)
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