LEYES PENALES, CAMBIO DE.
Cuando una ley penal deroga otra anterior, en los procesos que se encuentran en curso deberá aplicarse la nueva ley, desde el momento en que ésta entre en vigor, pero sin modificar los procedimientos seguidos con anterioridad, y que estuvieron arreglados a la ley vigente entonces.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/314409-abaccde7/leyes-penales-cambio-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 500/30. Gutiérrez Lucas. 18 de septiembre de 1930. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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