Código Penal del Estado de Chihuahua
Artículo Transitorio SEGUNDO
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO SEGUNDO.- Derogación tácita de preceptos incompatibles.
Se derogan todas las disposiciones legales que se opongan al contenido del presente decreto.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DEROGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- DEROGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- LEYES Y DECRETOS. (s/clave)
- DEROGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- CADUCIDAD DE LA LEYES. (s/clave)
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