Código Penal del Estado de Chihuahua
Artículo Transitorio TERCERO
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO TERCERO.- Procedimientos anteriores.
En los procedimientos iniciados por delitos que se perseguían oficiosamente y en adelante lo sean por querella,
no terminarán, a no ser que el interesado otorgue el perdón.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PROCESOS, TERMINO PARA CONCLUIRLOS. (s/clave)
- PROCEDIMIENTO CRIMINAL. (s/clave)
- PROCESOS. (s/clave)
- PROCEDIMIENTO PENAL. (s/clave)
- QUEJA. (s/clave)
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