Código Penal del Estado Libre y Soberano de Durango
Artículo 142
Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 142. DEROGADO
ARTICULO DEROGADO POR DEC. 359, P.O. 93 DE 19 DE NOVIEMBRE DE 2020.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- EXPROPIACION. (s/clave)
- REVISION. (s/clave)
- LEYES, OBLIGATORIEDAD DE LAS. (s/clave)
- APLICACION DE LA LEY. (s/clave)
- PRECEPTOS LEGALES, CITA EQUIVOCADA DE LOS. (s/clave)
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