Código Penal del Estado Libre y Soberano de Durango
Artículo 30
Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 30. Catálogo de penas.
Las penas son:
I. Prisión;
II. Tratamiento en libertad de imputables;
III. Tratamiento en semilibertad;
IV. Sanción pecuniaria;
V. Trabajo en favor de la comunidad;
VI. Trabajo obligatorio para la reparación del daño;
VIGENTE A PARTIR DE LAS 00:00 HRS. DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DE 2009
FECHA DE
17
VII. Relegación;
VIII. Confinamiento;
IX. Prohibición de ir a una circunscripción territorial determinada o de residir en ella;
X. Decomiso de los instrumentos, objetos y productos del delito; y,
XI. Suspensión, privación e inhabilitación de derechos y funciones.
Fuente oficial: consultar publicación
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-29)
ARTÍCULO 30. Catálogo de penas.
Las penas son:
I. Prisión;
II. Tratamiento en libertad de imputables;
III. Tratamiento en semilibertad;
IV. Sanción pecuniaria;
V. Trabajo en favor de la comunidad;
VI. Trabajo obligatorio para la reparación del daño;
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