Código Penal para el Estado de Aguascalientes
Artículo 23
Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 23. - Elementos de la descripción típica. Se considerará adecuada la
conducta a la descripción típica cuando se reúnan los siguientes elementos:
I. Bien jurídico tutelado por la figura típica;
II. El resultado de afectación o de puesta en peligro concreto del bien jurídico
tutelado, y su imputación objetiva a la acción u omisión;
CODIGO PENAL PARA EL ESTADO DE AGUASCALIENTES.
Última actualización: 15/12/2025.
III. La acción o movimiento corporal establecida en la figura típica, adecuada para
producir el resultado; o la omisión o no realización de una actividad ordenada en la
figura típica, adecuada para evitar el resultado;
IV. La víctima o sujeto pasivo, titular del bien jurídico tutelado, tomando en cuenta
las calidades que requiera la figura típica;
V. El inculpado o sujeto activo, por haber ejecutado la acción u omisión como autor
o partícipe, tomando en cuenta las calidades que requiera la figura típica;
VI. El objeto material, persona o entidad sobre el que recae la conducta establecida
en la figura típica;
VII. Las referencias de medios, tiempo, lugar, modo y ocasión que pueda requerir la
descripción típica;
VIII. Los elementos normativos que puedan exigirse en la particular descripción
típica, que requieran un especial juicio de valoración jurídica o cultural; y
IX. El dolo o la culpa según lo requiera el particular tipo penal.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- JUICIO DE TIPICIDAD. EXISTE CUANDO, ADEMÁS DE VERIFICARSE LA RELACIÓN DE TODOS LOS ELEMENTOS DE LA FIGURA TÍPICA, SE DAÑE O CONCRETAMENTE SE PONGA EN PELIGRO EL BIEN JURÍDICO TUTEL (XIX.2o.46 P)
- DELITO. ELEMENTOS DEL TIPO PENAL QUE DEBEN ANALIZARSE EN LA SENTENCIA DEFINITIVA. (XXVII.3o. J/5 (10a.))
- ELEMENTOS NORMATIVOS DE LA DESCRIPCIÓN TÍPICA. REQUISITOS DE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN PARA SU EXAMEN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIAPAS). (XXVII.1o.(VIII Región) J/2 (10a.))
- ELEMENTOS NORMATIVOS DE LA DESCRIPCIÓN TÍPICA. REQUISITOS DE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN PARA SU EXAMEN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIAPAS). (XXVII.1o.(VIII Región) 5 P (9a.))
- RESPONSABILIDAD PENAL.- (2614)
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