Código Penal para el Estado de Hidalgo
Artículo 124
Vigencia verificada: 4 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 124.- En caso de concurso de delitos, los plazos de la prescripción se computarán separadamente
para cada delito, pero correrán en forma simultánea.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL, COMPUTO DE LA, CUANDO HAY SENTENCIA. (s/clave)
- PRESCRIPCION EN CASO DE ACUMULACION. (s/clave)
- PRESCRIPCION. (s/clave)
- PRESCRIPCION, VARIACION DEL TIEMPO PARA LA. (s/clave)
- ACCION PENAL, PRESCRIPCION DE LA. (s/clave)
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