Código Penal para el Estado de Morelos
Artículo 304
Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO *304.- Derogado.
NOTAS:
REFORMA VIGENTE. - Derogado por el artículo Cuarto del Decreto No. 2193, publicado en el
a 2017/07/19.
REFORMA VIGENTE.- Reformado el primer párrafo del presente artículo por Artículo Segundo del
Decreto No. 1558, publicado en el
de fecha 2009/07/29.
REFORMA VIGENTE. - Reformado el párrafo segundo por artículo PRIMERO del Decreto No.
1640, publicado en el
2014/10/09.
REFORMA SIN VIGENCIA. - Reformados el párrafo primero por Artículo Primero y adicionado el
párrafo tercero por Artículo Segundo del Decreto No. 1221 de 2000/08/30. Publicado en el POEM
No. 4083 de 2000/10/18. Vigencia: 2000/10/19.
REFORMA SIN VIGENCIA. - Reformado el párrafo segundo por Artículo Primero del Decreto No.
1221 de 2000/08/30. Publicado en el POEM No. 4083 de 2000/10/18. Vigencia: 2000/10/19.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DEROGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- EXPROPIACION. (s/clave)
- REVISION. (s/clave)
- LEYES, OBLIGATORIEDAD DE LAS. (s/clave)
- PROMULGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
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