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Modo: Corpus Pro

Código Penal para el Estado de Sinaloa

Artículo 266

Ordenamiento: Código Penal para el Estado de Sinaloa · Ámbito: Sinaloa
Última reforma: 2026-10-07

Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Se impondrá prisión de seis meses a cinco años y de cincuenta a

trescientos días multa:

I. Al que altere la impresión de los sellos, marcas o cualquier otro objeto que

sirva para legalizar o identificar una función oficial del Estado o de los

municipios;

II. Al que falsifique los objetos a que se refiere la fracción anterior;

III. Al que enajene los objetos a que se refieren las fracciones anteriores, o a

sabiendas haga uso de ellos o de sus impresiones aún cuando sean de

empleo oficial de otra entidad federativa o de sus municipios; o

IV. Al que procurándose los verdaderos sel los, marcas u objetos que sirvan

para legalizar o identificar una función oficial, haga uso indebido de ellos.

ARTÍCULO 267.

Fuente oficial: consultar publicación

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