Corpus
Modo: Corpus Pro

Código Penal para el Estado de Sinaloa

Artículo 274

Ordenamiento: Código Penal para el Estado de Sinaloa · Ámbito: Sinaloa
Última reforma: 2026-10-07

Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Al que emplee a menores de dieciocho años de edad en cantinas,

tabernas, establecimientos que cuenten con máquinas de juegos de azar cuyo

resultado es la obtención inmediata de un premio en numerario, o cualquier otro centro

de vicio, se le impondrá prisión de dos a cinco años y de doscientos a quinientos días

multa, y además, se sancionará con cierre definitivo del establecimiento. (Ref. se gún

Dec. 336, publicado en el P.O. No. 74 del 22 de junio del 2009).

A los padres o tutores que acepten que los menores sujetos a su patria potestad,

custodia o tutela, se empleen en los referidos establecimientos, se les impondrá prisión

de seis meses a dos años y se les privará, suspenderá o inhabilitará hasta por cinco

años en el ejercicio de aquellos derechos y, en su caso, del derecho a los bienes del

ofendido.

Para los efectos de este precepto, se considerará que es empleado, el menor de edad

que preste sus servicios por un salario, o cualquier otra prestación.

ARTÍCULO 274 Bis .

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 273Índice de la leyArt. 274 Bis →
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.