Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Código Penal para el Estado de Sinaloa

Artículo 35

Ordenamiento: Código Penal para el Estado de Sinaloa · Ámbito: Sinaloa
Última reforma: 2026-09-04

Vigencia verificada: 3 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 35. Al sentenciado que se negare sin causa justificada a pagar el monto de

la multa impuesto, se lo exigirá el Estado mediante el procedimiento económico

coactivo. La autoridad a quien corresponda su cobro podrá fijar plazos para su pago.

12

Podrá en cualquier tiempo pagarse el monto de la multa, descontándose de ésta la

parte proporcional a las jornadas de trabajo prestado en favor de la comunidad o el

tiempo de prisión que el reo hubiere cumplido.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 34Índice de la leyArt. 36 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (reforma publicada en el DOF el 2026-09-04)

Al sentenciado que se negare sin causa justificada a pagar el monto de

la multa impuesto, se lo exigirá el Estado mediante el procedimiento económico

coactivo. La autoridad a quien corresponda su cobro podrá fijar plazos para su pago.

12

Podrá en cualquier tiempo pagarse el monto de la multa, descontándose de ésta la

parte proporcional a las jornadas de trabajo prestado en favor de la comunidad o el

tiempo de prisión que el reo hubiere cumplido.

ARTÍCULO 36. La reparación del daño que deba ser hecha por el responsable de un

delito, tiene el carácter de pena pública y se exigirá de oficio por el Ministerio Público,

con el que podrán coadyuvar el ofendido, sus derechohabientes o sus representantes,

en los términos que prevenga el Código Nacional de Procedimientos Penales. (Ref.

Según Decreto 160, de fecha 30 de julio de 2014 y publicado en el

Estado de Sinaloa”, No. 091 de fecha 30 de julio de 2014).

ARTÍCULO 37.

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis