CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE SINALOA
Artículo 93
Vigencia verificada: 21 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Tratándose de autoría indeterminada, se impondrá como pena hasta
las tres cuartas partes de las sanciones previstas para el delito de que se trate, con la
modalidad respectiva, en su caso.
CAPÍTULO VII
PANDILLA
ARTÍCULO 94.
Fuente oficial: consultar publicación
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