Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos · Titulo Segundo — Capítulo I · Capitulo I — De la Soberanía Nacional y de la Forma de Gobierno
Artículo 39
Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.
Artículo original DOF 05-02-1917
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SOBERANIA DE LA NACION SOBRE LOS BIENES DE DOMINIO PUBLICO O DE USO COMUN. (s/clave)
- PODER PUBLICO. (s/clave)
- SOBERANIA DEL PUEBLO. (s/clave)
- PODER CONSTITUYENTE DE LA NACION. (s/clave)
- PODER PÚBLICO.- (77)
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