Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos · Titulo Segundo — Capítulo I · Capitulo II — De las Partes Integrantes de la Federación y del Territorio Nacional
Artículo 47
Vigencia verificada: 21 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 47. El Estado del (sic DOF 05-02-1917) Nayarit tendrá la extensión territorial y límites que comprende actualmente el Territorio de Tepic.
Artículo original DOF 05-02-1917
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DISTRITO JUDICIAL DE TEHUANTEPEC. (s/clave)
- TIERRAS OCIOSAS (s/clave)
- COLONOS EN LA BAJA CALIFORNIA. (s/clave)
- COLONOS EN LA BAJA CALIFORNIA. (s/clave)
- COLONOS EN LA BAJA CALIFORNIA. (s/clave)
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