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Modo: Corpus Pro

Constitución Política del Estado de Aguascalientes

Artículo 54 A

Ordenamiento: Constitución Política del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-07

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 54 A.- Las personas titulares de las Magistraturas integrantes del Supremo

Tribunal de Justicia del Estado y del Tribunal de Disciplina Judicial de

Aguascalientes, serán electas mediante una boleta en la que se podrá votar hasta

por el número de cargos a elegir; el voto será válido siempre que se vote hasta por

ese número de candidaturas.

El Instituto Estatal Electoral emitirá las constancias de mayoría de manera paritaria

conforme a los cargos a elegir, iniciando con las mujeres más votadas.

(REFORMADO,

Fuente oficial: consultar publicación

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