Constitución Política del Estado de Aguascalientes
Artículo 56 A
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 56 A. - La controversia constitucional estatal es el mecanismo de control
judicial que tiene por objeto preservar las competencias, la autonomía y las
garantías institucionales que esta Constitución le atribuye, respectivamente, a cada
uno de los poderes y órganos constitucionales autónomos del Estado, así como a
los Municipios.
(ADICIONADO,
Fuente oficial: consultar publicación
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis