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Constitución Política del Estado de Aguascalientes

Artículo 56 A

Ordenamiento: Constitución Política del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-07

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 56 A. - La controversia constitucional estatal es el mecanismo de control

judicial que tiene por objeto preservar las competencias, la autonomía y las

garantías institucionales que esta Constitución le atribuye, respectivamente, a cada

uno de los poderes y órganos constitucionales autónomos del Estado, así como a

los Municipios.

(ADICIONADO,

Fuente oficial: consultar publicación

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