Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Constitución Política del Estado de Aguascalientes

Artículo 57

Ordenamiento: Constitución Política del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-07

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 57.- Corresponde al Supremo Tribunal de Justicia del Estado:

I.- Conocer en los juicios civiles y penales de las instancias y recursos que sean de

su competencia, conforme a las leyes secundarias.

(REFORMADA,

II.- Conocer, en los términos de esta Constitución de los procesos que por ilícitos se

sigan en contra del Gobernador, de los Diputados, del Secretario General de

Gobierno, del Fiscal General del Estado, el Presidente Municipal, Regidores y

Síndicos de los Ayuntamientos.

III.- (DEROGADA,

(REFORMADA,

IV.- Resolver los medios de control de la constitucionalidad local, a través de su

Sala Constitucional;

(REFORMADA,

V.- Conceder licencia a sus personas Magistradas en funciones para separarse de

sus cargos, cuando no excedan de un mes.

VI.- (DEROGADA,

VII.- (DEROGADA,

(ADICIONADA,

VIII.- Expedir acuerdos generales, a fin de lograr una adecuada distribución de los

asuntos de su competencia, así como para mayor prontitud en el despacho de éstos;

(ADICIONADA [REUBICADA],

IX.- Las demás facultades que le concede esta Constitución y las que establezca la

ley que regule su estructura y funcionamiento, así como las que le confieran otros

ordenamientos legales aplicables.

(REFORMADO,

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 56 EÍndice de la leyArt. 58 →
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis