Corpus
Modo: Corpus Pro

Constitución Política del Estado de Aguascalientes

Artículo Transitorio DÉCIMO SÉPTIMO

Ordenamiento: Constitución Política del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-07

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

El Pleno del Tribunal de Justicia Administrativa

del Estado de Aguascalientes deberá presentar al Congreso del Estado un plan de

instrumentación de la presente reforma en un periodo de 90 días posteriores a la

fecha de su instalación para efectos de programación y presupuestación.

ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO. -

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. DÉCIMO SEXTOÍndice de la leyArt. DÉCIMO OCTAVO →
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.