Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza
Artículo 7-B
Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 7º- B. El genoma humano es la base de la unidad biológica fundamental de todos los miembros de la familia humana y
del reconocimiento de su dignidad intrínseca y su diversidad.
Están prohibidas las prácticas contrarias a la dignidad humana. La investigación sobre el genoma humano, sobre todo en el campo
de la biología, la genética y la medicina, deberán orientarse a aliviar el sufrimiento y mejorar la salud de las personas y d e toda la
humanidad, prevaleciendo el respeto a los derechos humanos, la libertad y la dignidad de las personas.
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