Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza
Artículo 7-C
Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 7º- C. Las personas tienen el derecho a desarrollar libre y plenamente su personalidad dentro de una comunidad de
derechos y deberes en libertad, igualdad y fraternidad.
La correlación entre derechos y deberes tendrá por objeto garantizar en forma proporcional los derechos de los demás, la seguridad
de todas las personas y las justas exigencias del bien común en una sociedad democrática.
Los derechos humanos no son absolutos. Están sujetos a límites razonables, estrictos y necesarios para el debido funcionamiento
de la sociedad democrática.
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Fuente oficial: consultar publicación
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