Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza
Artículo 7-M
Vigencia verificada: 25 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 7º- M. Todos los derechos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en esta Constitución
y en los tratados internacionales de derechos humanos suscritos por el Estado Mexicano serán plenamente justiciables y exigibles.
En ningún caso podrá alegarse falta de norma jurídica o de garantías, que implique su desconocimiento, violación o desprotección.
(DECRETO 261, ADICIONADA, ONADO,
Sección Segunda
Garantismo
Fuente oficial: consultar publicación
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