Constitución Política del Estado de Sinaloa
Artículo Transitorio 117
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
117. Decreto No. 664, expedido por la Quincuagésima Sexta Legislatura el 01 de agosto de
2001, publicado en el Periódico Oficial No. 144 de fecha 30 de noviembre de 2001, que
reforma el primer párrafo del artículo 90 y se adiciona una fracción XX XIII Bis al artículo
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- REVALIDACION CONTENCIOSA. (s/clave)
- DECRETO DE 19 DE SEPTIEMBRE DE 1916. (s/clave)
- LEY DE 12 DE SEPTIEMBRE DE 1902. (s/clave)
- INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY, QUIEN DEBE DECLARARLA. (s/clave)
- LEY AGRARIA DE 6 DE ENERO DE 1915. (s/clave)
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