Constitución Política del Estado de Sinaloa
Artículo Transitorio 120
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
120. Decreto No. 715, expedido por la Quincuagésima Sexta Legislatura, el 31 de octubre de
2001, publicado en el Periódico Oficial No. 113 de fecha 19 de septiembre de 2003, que
reforma los artículos 78, 79 primer párrafo y adiciona el Título IV con un Capítulo VI,
denominado “De la Justicia de Menores” y con un artículo 109 Bis A.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- MENORES DELINCUENTES. (s/clave)
- MENORES DELINCUENTES. (s/clave)
- MENORES. SU PROTECCIÓN EN EL DERECHO PÚBLICO. (I.5o.C. J/25 )
- MENORES. SU PROTECCIÓN EN EL DERECHO PÚBLICO. (1291)
- MENORES DE EDAD, SUPLENCIA DE LA QUEJA EN EL AMPARO CONTRA ACTOS QUE AFECTAN A. (s/clave)
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