Constitución Política del Estado de Sinaloa
Artículo Transitorio 143
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
143. Decreto No. 440, de fecha 1 de marzo del 2016, y pub licado en el Periódico Oficial No.
033 de fecha 16 de marzo de 2016 que adiciona una fracción IX al artículo 4º Bis B y se
reforman la fracción II del artículo 6º y el primer párrafo del artículo 91 de la Constitución
Política del Estado de Sinaloa.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
- REVALIDACION CONTENCIOSA. (s/clave)
- PETICION, DERECHO DE. ESCRITO DIRIGIDO A UNA AUTORIDAD Y RECIBIDO POR OTRA DE LA MISMA DEPENDENCIA, DEBE SER ATENDIDO. (18)
- ARTICULO 4o. CONSTITUCIONAL. (353)
- ARTICULO 4o. CONSTITUCIONAL. (249)
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