Constitución Política del Estado de Sinaloa
Artículo Transitorio 55
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
55. Decreto Nº 112, expedido por la Cuadragésima Segunda Legislatura el 12 de junio de
1957, publicado en el Periódico Oficial Nº 31 de fecha 13 de julio de 1957, que reforma
los Artículos 40 y 65 fracción XV.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- REVALIDACION CONTENCIOSA. (s/clave)
- LEY DE 12 DE SEPTIEMBRE DE 1902. (s/clave)
- DECRETO DE 19 DE SEPTIEMBRE DE 1916. (s/clave)
- LEY AGRARIA DE 6 DE ENERO DE 1915. (s/clave)
- INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY, QUIEN DEBE DECLARARLA. (s/clave)
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