Constitución Política del Estado de Sinaloa
Artículo Transitorio 8
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
8. Decreto Nº 187, expedido por la Trigésima Sexta Legislatura, el 20 de mayo de 1937,
publicado en el Suplemento del Periódico Oficial Nº 76 de fecha 29 de junio de 1937,
que reforma los Artículos 11 fracción II, 13, 23, 36, 37, 43 fracción XVII, 56 fracción III,
VII, 58, 64, 65 fracción VI y 117.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- REVALIDACION CONTENCIOSA. (s/clave)
- LEY AGRARIA DE 6 DE ENERO DE 1915. (s/clave)
- DECRETO DE 19 DE SEPTIEMBRE DE 1916. (s/clave)
- LEY DE 12 DE SEPTIEMBRE DE 1902. (s/clave)
- TESTAMENTOS. (s/clave)
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