Constitución Política del Estado de Sinaloa
Artículo Transitorio 88
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
88. Decreto Nº 230, expedido por la Quincuagésima Primera Legislatura el 9 de julio de
1985, publicado en el Periódico Oficial Nº 84 primera sección, de fecha 12 de julio de
1985, que reforma el Artículo 152.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- REVALIDACION CONTENCIOSA. (s/clave)
- INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY, QUIEN DEBE DECLARARLA. (s/clave)
- LEY AGRARIA DE 6 DE ENERO DE 1915. (s/clave)
- DEROGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- ACUERDO 101-187, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 9 DE FEBRERO DE 1989. EFICACIA DEL. NO OBSTANTE HABERSE ABROGADO EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE HACI (I. 4o. A. 753 A)
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