Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua
Artículo 1º
Vigencia verificada: 26 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO 1º. El Estado de Chihuahua es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos y posee una
composición pluricultural, pluriétnica y multilingüistica. [Artículo reformado mediante Decreto No. 791-2012 II
P.O. publicado en el P.O.E. No. 64 del 11 de agosto de 2012]
La identidad plural de la sociedad chihuahuense será reflejada en una imagen institucional única para los
poderes públicos del Estado y de los municipios, sin perjuicio de las identidades regionales de los gobiernos
municipales. La ley regulará las características de los símbolos del Estado y definirá las reglas de las imágenes
institucionales de los ayuntamientos, en todo caso, el escudo y lema del Estado estarán integrados a las
imágenes de los municipios. [Párrafo adicionado mediante Decreto No. 562-14 V P.E. publicado en el
P.O.E. No. 9 del 31 de enero de 2015]
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- GEOGRAFÍA ELECTORAL. EL ARTÍCULO 14 DE LA LEY ELECTORAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, AL PREVER LA PARTICIPACIÓN DIRECTA DEL CONGRESO DEL ESTADO EN LA FORMULACIÓN Y APROBACIÓN DE LA DEM (P./J. 25/2013 (9a.))
- LEYES LOCALES, TERRITORIALIDAD DE LAS MISMAS (CODIGO FISCAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA). (s/clave)
- PUEBLOS ORIGINARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO. LA CONSTITUCIÓN LOCAL, PREVIO A SU ENTRADA EN VIGOR, PUEDE SERVIR COMO UN DOCUMENTO ORIENTADOR PARA SU IDENTIFICACIÓN COMO PUEBLOS INDÍG (I.18o.A.8 CS (10a.))
- PUEBLOS INDÍGENAS. PARA PODER DETERMINAR SI ALGUNA COMUNIDAD ES PERTENECIENTE A ELLOS, ES ÚTIL ACUDIR AL CONTEXTO NORMATIVO REGULADO EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y EN LA LEGISLACIÓN (I.18o.A.10 CS (10a.))
- LIBRE DETERMINACIÓN Y AUTONOMÍA DE LOS PUEBLOS Y LAS COMUNIDADES INDÍGENAS. INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 2o., APARTADO A, FRACCIONES III Y VII, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ES (1a. CXII/2010)
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto del artículo derogado (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-24)
ARTICULO 1º. El Estado de Chihuahua es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos y posee una
composición pluricultural, pluriétnica y multilingüistica. [Artículo reformado mediante Decreto No. 791-2012 II
P.O. publicado en el P.O.E. No. 64 del 11 de agosto de 2012]
La identidad plural de la sociedad chihuahuense será reflejada en una imagen institucional única para los
poderes públicos del Estado y de los municipios, sin perjuicio de las identidades regionales de los gobiernos
municipales. La ley regulará las características de los símbolos del Estado y definirá las reglas de las imágenes
institucionales de los ayuntamientos, en todo caso, el escudo y lema del Estado estarán integrados a las
imágenes de los municipios. [Párrafo adicionado mediante Decreto No. 562-14 V P.E. publicado en el
P.O.E. No. 9 del 31 de enero de 2015]
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