Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
Artículo 69
Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 69.- El período constitucional del Gobernador del Estado comenzará el 16 de septiembre del
año de su renovación.
Nunca podrán ser electos para el período inmediato:
a) El Gobernador sustituto o el designado para concluir el período en caso de falta absoluta del
electo popularmente.
b) El Gobernador interino, el provisional, o el ciudadano que bajo cualquier denominación supla
las faltas temporales del Gobernador, siempre que desempeñe el cargo los dos últimos años del
período.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- INICIATIVA DE LEY. EL DESECHAMIENTO QUE REALIZA LA CÁMARA DE DIPUTADOS, CUANDO ACTÚA COMO REVISORA, NO IMPIDE QUE PUEDA PRESENTAR UNA INICIATIVA SOBRE LA MISMA LEY EN LAS SESIONES (VI.1o.A.28 K)
- INICIATIVA DE LEYES Y DECRETOS. SU NATURALEZA JURÍDICA.- (1446)
- JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, EJECUCION DE LAS RESOLUCIONES DE LAS. (s/clave)
- INICIATIVA DE LEYES Y DECRETOS. SU NATURALEZA JURÍDICA. (P. LXIX/99 )
- INICIATIVA DE LEYES Y DECRETOS. SU EJERCICIO ES IMPUGNABLE MEDIANTE EL JUICIO DE AMPARO, POR FORMAR PARTE DEL PROCESO LEGISLATIVO.- (1445)
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (reforma publicada en el DOF el 2026-09-25)
Artículo 69.- El período constitucional del Gobernador del Estado comenzará el 16
de septiembre del año de su renovación.
(ADICIONADO, G.G. 2 DE OCTUBRE DE 1998)
Nunca podrán ser electos para el período inmediato:
a). El Gobernador sustituto o el designado para concluir el período en caso de falta
absoluta del electo popularmente.
b). El Gobernador interino, el provisional, o el ciudadano que bajo cualquier
denominación supla las faltas temporales del Gobernador, siempre que desempeñe
el cargo los dos últimos años del período.
(REFORMADO, G.G. 27 DE FEBRERO DE 1995)
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