Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Artículo 97 SEXIES
Vigencia verificada: 30 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 97 SEXIES. Se establecerán unidades de atención temprana, que brindarán
asesoría y orientación legal a las personas denunciantes. Tendrán como objetivo
recibir, de forma inmediata, las denuncias y canalizarlas a la instancia competente de
acuerdo a la naturaleza del hecho denunciado, de conformidad con la legislación
aplicable.
(REFORMADO, P.O. 1 DE AGOSTO DE 2008)
TITULO IX
DE LA ECONOMIA Y LAS FINANZAS DEL ESTADO
(ADICIONADO, P.O. 1 DE AGOSTO DE 2008)
CAPITULO I
DESARROLLO Y PLANEACION
(REFORMADO, P.O. 1 DE AGOSTO DE 2008)
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ACTOS DICTADOS FUERA DE JUICIO. (s/clave)
- EJECUTIVO DEL ESTADO. (s/clave)
- PERSECUCION DE LOS DELITOS. (s/clave)
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
- AGRAVIOS EN LA SUPLICA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis